Definitivamente
el Congreso no aprobó el matrimonio igualitario, esto es, no extendió a las
parejas del mismo sexo el derecho a casarse, que hoy tenemos las parejas
heterosexuales. Pero tampoco aprobó otro tipo de contrato que permitiera a las
parejas del mismo sexo solemnizar su unión familiar. Surge entonces la pregunta
de que irá a pasar a partir del 20 de junio, puesto que la sentencia C-577 del 2011, que la Corte
Constitucional dictó como consecuencia de una demanda que presentamos varias organizaciones contra la definición exclusivamente heterosexual
del matrimonio en la legislación civil colombiana, señaló en la parte
resolutiva lo siguiente: “si el 20 de junio de 2013 el Congreso de la República
no ha expedido la legislación correspondiente, las parejas del mismo sexo
podrán acudir ante notario o juez competente a formalizar y solemnizar su
vínculo contractual”
¿Por qué diferenciar la unión solemne del matrimonio igualitario?
¿Que
es lo verdaderamente pasará después del 20 de junio respecto al matrimonio igualitario?
¿Los notarios pueden o no pueden casar parejas homosexuales?
Este jueves 2 de Mayo contaremos con la presencia de
Manuel Páez, abogado de la ONG Colombia Diversa que nos estará alumbrando estas
preguntas en un conversatorio donde despejarás muchas dudas frente a este tema
Te esperamos a partir de
las 7 pm en el Centro de Cuidadania LGBT ( Transv 17ª Bis No. 36 – 74 Teusaquillo )

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